Regular por regular: Telmex vs IFT

En los últimos días, uno de los temas que mayor impacto ha generado en el sector de las telecomunicaciones es la determinación que hizo el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sobre la separación funcional de Telmex . Vale la pena recordar como llegó el Instituto a esta decisión; no es casualidad. Con la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones de 2013, la Constitución estableció de manera puntual en su artículo octavo transitorio que el IFT «impondrá las medidas que considere necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia». En este sentido, el IFT, para dar cumplimiento a esta disposición, emitió una serie de regulaciones asimétricas a Telmex, declarado como Agente Económico Preponderante en 2014.

Dentro de las acciones que el IFT decretó se estableció la separación funcional del AEP en telecomunicaciones para la provisión de servicios mayoristas fijos a través de la creación de una persona moral y de una división mayorista. Esta semana, el Instituto emitió el Plan Final para la separación funcional de Telmex, que incluyen una serie de lineamientos que desde mi punto de vista, es excesivo pues el Instituto fue omiso  en el estudio de la competencia y análisis de costo-beneficio de la separación funcional de dicha empresa, por lo que las obligaciones impuestas no van acorde con los objetivos que, en esencia, debe buscar el IFT.

En virtud de lo anterior, no es coincidencia que horas después, América Móvil emitiera un comunicado donde manifestara, entre otras cosas, que «los precios definidos por el IFT para los servicios mayoristas que prestará la Entidad Separada y la división mayorista son sustancialmente bajos respecto a referencias internacionales, aunado a que recientemente dicho instituto tomó la decisión de reducir aún más los precios que había definido en 2017 para ciertos servicios, no atendiendo las mejores prácticas y estímulos a la inversión para incrementar la cobertura y la actualización tecnológica». Asimismo, en ejercicio de sus derechos, América Móvil manifestó su intención de impugnar la resolución emitida por el propio Instituto. Recordemos que en el Juicio de Amparo, no procede la suspensión en contra de los actos del Instituto.

¿Está realmente el IFT viendo por el bien de la competencia o está regulando por regular? Toda vez que el IFT sí tiene facultades constitucionales y legales para decretar la separación funcional, da la sensación que la medida impuesta por el IFT es extrema y en cierta forma, caprichosa. La disposición no solo resulta extrema sino que tampoco garantiza que la competencia realmente sea efectiva, además de que dicha resolución resulta costosa e irreversible a largo plazo. Es importante mencionar, que todo acto que imponga el Instituto debe contar con objetivos claros a corto y largo plazos para evitar caer en una sobre regulación del sector.

Por otro lado, con la regla impuesta a Telmex, el IFT no ha podido argumentar ni motivar de manera sólida que dicha acción sea acorde con los planes y objetivos planteados por el regulador. En este sentido, el IFT se centra en información estrictamente teórica sin contar con elementos empíricos que evidencien que la separación funcional de Telmex realmente sea necesaria para cumplir con los objetivos del mercado y que en realidad no están claros.

Finalmente, si bien es cierto que Telmex se ha beneficiado por circunstancias de carácter histórico de la infraestructura en la cual opera, el IFT no ha podido establecer de manera convincente que la separación funcional tuviera como fin el garantizar el acceso eficiente a la infraestructura fija. En este sentido, hay una serie de elementos de carácter económico y jurídico que deben ser tomados en cuenta: ¿Que trabajadores formarán parte de la nueva empresa? ¿Se podrá garantizar la viabilidad económica de la nueva empresa? ¿Qué incentivos económicos traerán consigo el hecho de que el IFT para este tipo de servicios haya decido bajar los precios? Este y otros planteamiento son necesarios establecerse para que la separación funcional no resulte en un sólo capricho de la autoridad y que al final, como se dice coloquialmente, «salga más caro el caldo que las albóndigas».

La competencia claro que es necesaria y por supuesto que se debe incentivar, pero los órganos reguladores de este país están muy acostumbrados a sobre regular ciertos aspectos de los cuales al final se acaban arrepintiendo y los efectos producidos son completamente adversos a los esperados. El IFT debe establecer el punto medio de dicha decisión. Vamos a ver en qué termina esta historia y ojalá que el Instituto no se arrepienta de la estricta determinación que acaba de emitir. Por lo pronto vamos a esperar la impugnación que América Móvil irá preparando.

EN LA MIRA DEL SECTOR

El jueves 28 de febrero pasado concluyó el periodo de la comisionada Adriana Labardini como comisionada del Instituto Federal de Telecomunicaciones. Una comisionada que ha defendido de forma muy insistente la autonomía del instituto y que, en particular, en los últimos meses, se ha puesto en tela de juicio. ¿Qué pasará con la vacante que deja Labardini? Ya existe un listado público de propuestas para sustituir a la comisionada, de la cual, el presidente tendrá que proponer uno al Senado. Sin embargo, debido al fin del sexenio de Peña Nieto y dada la incertidumbre política que existe en este país, da la sensación que el nombramiento de un nuevo comisionado o comisionada se postergará por lo menos, hasta el próximo año.

Abogado por la Universidad Panamericana (México) y graduado en derecho por la Universidad Internacional de la Rioja (España). Cuenta con un posgrado en Derecho y Negocio de las Nuevas Tecnologías, Internet y Audiovisual. Especialista en temas de Telecomunicaciones, Medios, Tecnologías y Protección de Datos. Actualmente, es asesor legal en el despacho de abogados Cremades & Calvo-Sotelo en su oficina de Madrid, donde presta asesoría a clientes nacionales y extranjeros en temas de protección de datos, telecomunicaciones y nuevas tecnologías. Es, asimismo, profesor de posgrado invitado en la Universidad CEU San Pablo.