La liberalización de las Telecomunicaciones en España: un análisis histórico-jurídico

A modo de Introducción

Las telecomunicaciones representan, no sólo en España sino a nivel mundial, uno de los sectores de mayor relevancia y de mayor crecimiento y evolución. En España, como en otros países, la evolución de este sector ha estado marcado por transformaciones de gran trascendencia que han derivado en la consolidación del mercado actual de las telecomunicaciones. A lo largo del presente artículo se analizarán todas las etapas por las cuales han pasado las telecomunicaciones en España con un enfoque particular en los aspectos históricos y legales de este sector.

Como una primera aproximación, y para entender los motivos de fondo que derivaron en la liberalización de las telecomunicaciones, es importante señalar la importancia que tiene la Unión Europea en este asunto. España se adhiere el 1 de enero de 1986 a lo que hoy es la Unión Europea mediante la firma del Tratado de Adhesión de España a la Comunidad Económica Europea. Esto es fundamental para poder entender la injerencia que tiene la Unión Europea en la liberalización de las telecomunicaciones en este país.

Telefónica como empresa pública 

Dentro de la liberalización de las telecomunicaciones en España, Telefónica juega un papel fundamental. Telefónica España inició como una empresa pública propiedad del estado español, fundada en 1924 con la denominación de Compañía Telefónica Nacional de España. En su origen, Telefónica tenía a su cargo el monopolio del servicio telefónico y de telecomunicaciones en España. En 1945, el Estado Español adquiere por ley, una participación en la empresa del 79,6 %. Esa participación se diluyó mediante una ampliación de capital en 1967.

Su privatización total tuvo lugar mediante dos ofertas públicas de acciones en 1995 y 1999, momento en el cual entra en vigor la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, cuyo objetivo fue, entre otros, promover, adoptando las medidas oportunas, las condiciones de competencia entre los operadores de servicios, con respeto al principio de igualdad de oportunidades, mediante la supresión de los derechos exclusivos o especiales. Dicha Ley incorpora el concepto de servicios de interés general de las telecomunicaciones que antes eran catalogadas como servicios público.

El Papel de la Unión Europea en la Liberalización

Desde su origen, el sector de las telecomunicaciones en España (comprendiendo dentro de las mismas servicios como la radiodifusión los servicios de telefonía y otros servicios análogos) eran considerados servicios públicos, por lo que dichos servicios estaban directamente dirigidos por la administración pública. Los servicios de telecomunicaciones lo llevaba a cabo de forma directa la administración pública por medio de la gestión directa de los órganos de gobierno o bien, por medio de la gestión mediante concesiones al sector privado, como ocurre todavía en algunos países.

La Unión Europea estableció dentro de la directiva Directiva 90/388/CEE de 28 de junio de 1990 relativa a la competencia en los mercados de servicios de telecomunicaciones, mecanismos para que los estados miembro transitarán a un mercado de telecomunicaciones de libre competencia estableciendo la obligación de abolir los derechos exclusivos o especiales para el suministro de servicios de telecomunicaciones (…).

Sin embargo, previo a la entrada en vigor de la directiva anteriormente referida, España había promulgado la Ley de Ordenación de Telecomunicaciones (LOT) la cual sentaba, de cierta forma, algunas bases y daba cierto orden a regimen que hasta entonces había sido ejercido de forma monopólica por el Estado. Mas allá de los esfuerzos hechos por el estado español, los instrumentos jurídicos que había sido emitidos para tratar de ir acorde con la política de liberalización gradual impulsada por la Unión Europea, no coincidían y no eran suficientes para alinearse a la política de liberalización gradual de las telecomunicaciones que ponía en marcha la Comunidad Europea por ese entonces

Así las cosas, la política de telecomunicaciones impulsada por España hasta ese entonces se oponía a las medidas que buscaban la liberalización del sector y se apegaban al esquema tradicional del monopolio público legal y regulado. Sin embargo, debía adaptarse a las líneas establecidas por la Unión Europea y, así, empezar el camino hacia la liberalización de este mercado, para lo cual era necesario tomar las siguientes líneas de acción:

  1. Reducir el monopolio del Estado de los servicios minoristas al teléfono, telégrafo y télex.
  2. Establecer una competencia con ciertas limitaciones para el alquiler de circuitos en los servicios portadores.
  3. Liberalizar la transmisión de datos por la conmutación de paquetes (agrupar los datos transmitidos a través de una red digital en paquetes que se componen de un encabezado y una carga útil).

El Proceso de Liberalización 

El proceso de liberalización de las telecomunicaciones no fue un proceso sencillo pues se fue dando en distintas etapas que se fueron materializando a partir del 1996, sonde da inicio formalmente este proceso de liberalización en el conjunto de los mercados de telecomunicaciones que conformaban al sector. Para entender de mejor forma lo anterior, es preciso dividir el proceso en cuatro etapas: (i) la Ley de Ordenación de Telecomunicaciones; (ii) el Proceso de Liberalización; (iii) la promulgación de la Ley General de Telecomunicaciones de 1998; y (iv) la promulgación de la Nueva Ley General de Telecomunicaciones de 2014.

La Ley de Ordenación de Telecomunicaciones.

En 1985, los mercados de telecomunicaciones, en concreto los de telefonía, en España contaban con una baja tasa de penetración en los mercados minoristas y los existentes se caracterizaban por una mala calidad en la prestación de estos servicios. Mientras que el porcentaje medio de los Estados Miembros de la Comunidad Económica Europea era del 41.7% en España apenas llegaba al 32.4%. Lo anterior, sin considerar que regiones como Galicia o Asturias tenían un gran número de localidades sin acceso a estos servicios. El porcentaje de zonas blancas, esto es, aquellas zonas que no disponen de cobertura de redes de banda ancha de nueva generación (antes, redes de telefonía), ni previsiones para su dotación por algún operador en el plazo de 3 años, en base a planes de inversión creíbles.

Frente a esta realidad, y a falta de una regulación existente que hiciera frente a este problema, los responsables de las telecomunicaciones en el Estado Español en este época, intentaron dar una solución y de cierta forma «ordenar» al sector asumiendo el control total de la política de las telecomunicaciones que hasta ese momento se había delegado de forma total a la Compañía Telefónica Nacional de España (hoy Telefónica España).

Tras ello, una de las primeras medidas fue, en el año de 1985 el establecimiento de la Secretaría General de Telecomunicaciones, misma que se encargó de definir los objetivos de la política estatal de telecomunicaciones y adecuar la normativa española a la europea. Como resultado de lo anterior, en  el mes de diciembre de 1987, se aprobó la primera ley del sector en mas de 70 años que se promulgó como la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones (LOT). Dicha Ley estableció  dentro de sus objetivos (i) la ordenación de las telecomunicaciones y cualquier comunicación mediante cables y radiocomunicación, cuya competencia exclusiva corresponde al Estado (…) en el marco de una política integrada del sector que asegure su planificación, coordinación y desarrollo armónico; y (ii) que los servicios civiles de telecomunicación tienen por objeto la satisfacción de las necesidades públicas y privadas de telecomunicación mediante un conjunto homogéneo de medios con unas características técnicas y de calidad adecuadas a los objetivos fijados.

El Proceso de Liberalización.

Siguiendo los lineamientos y parámetros exigidos por la Unión Europea a los Estados Miembro, en 1994 se adoptaron una serie de medidas para la implantación efectiva de la liberalización de las telecomunicaciones que en España se materializaron con las siguientes disposiciones:

En 1995 se promulga la Ley 37/1995, de 12 de diciembre, de Telecomunicaciones por Satélite, que tiene por objeto la regulación de los servicios de telecomunicaciones para cuya prestación se utilicen de forma principal redes de satélites de comunicaciones mismas que no tendrán la consideración de servicio público, y la Ley 42/1995, de 22 de diciembre, de las telecomunicaciones por cable, cuyo objetivo era el establecimiento del régimen jurídico del servicio público de telecomunicaciones por cable y de las redes que le sirven de soporte.

En 1996 se promulga el Real Decreto-ley 6/1996, de 7 de junio, de liberalización de las telecomunicaciones, por medio de la cual se crea la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, como una entidad personalidad jurídica y plena capacidad pública y privada, y estará adscrita al Ministerio de Fomento cuyo objeto era salvaguardar las condiciones de competencia efectiva en el mercado de las telecomunicaciones, velar por la correcta formación de los precios en este mercado y ejercer de órgano arbitral en los conflictos que surjan en el sector.

En 1997 se promulga Ley 12/1997, de 24 de abril, de Liberalización de las Telecomunicaciones por medio de la cual se crea la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, como una entidad personalidad jurídica y plena capacidad pública y privada, y estará adscrita al Ministerio de Fomento cuyo objeto era salvaguardar las condiciones de competencia efectiva en el mercado de las telecomunicaciones, velar por la correcta formación de los precios en este mercado y ejercer de órgano arbitral en los conflictos que surjan en el sector.

Estas disposiciones emitidas tenían como objetivo primordial la generación de la libre competencia y sentaron, en cierta forma, las bases para la creación en 1998 de la Ley General de Telecomunicaciones. Adicionalmente, y para lograr los objetivos planteados en dichos ordenamiento se establecieron una seria de medidas para lograr una competencia real en el sector. Dentro de estas medidas se destacan: la modificación de la LOT y la LTC: la competencia en los servicios portadores y finales y la regulación de la interconexión de redes; la creación de un segundo operador general de las telecomunicaciones a partir del Ente Público de la Red Técnica Española de TV (RETEVISIÓN)y la creación de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, CMT, (actualmente la  CNMC)

La Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones.

Esta larga etapa de liberalización de las telecomunicaciones culminó en 1998 con la  promulgación de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones (LGT), la cual se creó con el objetivo de (…) generalizar la liberalización de las telecomunicaciones para la prestación de los correspondientes servicios en plena competencia y en régimen de mercado, asegurando para ello la interconexión de las redes disponibles para el público y el acceso a ellas y disminuyendo el control administrativo sobre el sector (…)».

La Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

Con la LGT se logró una efectiva liberalización del sector fomentando una mayor competencia en este sector. Hoy España es uno de los Estados de la Unión Europea con mayor penetración de redes de fibra óptica (FTTH)y de NGN. Sin embargo, la historia no terminó ahí pues en 2014 se promulgó la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones cuyo fin es la regulación de las telecomunicaciones, que comprenden la explotación de las redes y la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas y los recursos asociados.

Dentro de esta Ley se incorpora ya de forma definitiva el concepto de telecomunicaciones como «servicio de interés general» y no como servicio público. Se establecen objetivos como el fomento de la competencia efectiva en los mercados de telecomunicaciones para potenciar al máximo los beneficios para las empresas y los consumidores (…), el desarrollo de la economía y el empleo digital, promover el desarrollo del sector de las telecomunicaciones y de todos los nuevos servicios digitales que las nuevas redes ultrarrápidas permiten (…), promover el despliegue de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, fomentando la conectividad y la interoperabilidad extremo a extremo (…), promover la inversión eficiente en materia de infraestructuras incluyendo, cuando proceda, la competencia basada en infraestructuras (…), defender los intereses de los usuarios, asegurando su derecho al acceso a los servicios de comunicaciones electrónicas en condiciones adecuadas de elección, precio y buena calidad, promoviendo la capacidad de los usuarios finales para acceder y distribuir la información o utilizar las aplicaciones y los servicios de su elección, en particular a través de un acceso abierto a Internet, entre otros.

A manera de conclusión

Como podemos apreciar de este artículo, el camino hacia la liberalización de las telecomunicaciones en España ha sido un camino complicado y largo. Gran parte del éxito de que hoy en España las telecomunicaciones sean un sector en competencia y liberalizado tiene que ver con las medidas impuestas por la Unión Europea para lograr objetivos comunes en sus estados miembros. Si bien es cierto en España se han ido dando cambios importantes en los agentes económicos del sector con fusiones y adquisiciones que han visto reducido el número de operadores, esto no ha implicado una reducción de la competencia del mercado, pues el operador incumbente (Telefónica) ha visto reducida su cuota del mercado de forma significativa por la entrada de nuevos operadores de red (Orange, Vodafone, MásMóvil) y operadores móviles virtuales OMV.

Abogado por la Universidad Panamericana (México) y abogado ejerciente colegiado por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Cuenta con un posgrado en Derecho y Negocio de las Nuevas Tecnologías, Internet y Audiovisual. Especialista en temas de Telecomunicaciones, Medios, Tecnologías y Protección de Datos. Actualmente, Analista Especialista en Riesgos de Privacidad en Aquanima Grupo Santander en donde lleva a cabo la gestión de riesgos de proveedores de Grupo Santander para Reino Unido y resto del Grupo dentro de VRAC (Vendor Risk Assessment Centre). Es, asimismo, profesor de posgrado invitado en la Universidad CEU San Pablo.